mar, 24/jul/12

La auditoría de EMVIPSA y EMSSA revela presuntas irregularidades del tripartito en material fiscal, contable y en contratación

El alcalde de Vélez-Málaga, Francisco Delgado Bonilla, y el concejal
delegado de EMVIPSA, Antonio Martín, han explicado hoy las
conclusiones de los informes definitivos de EMSSA y EMVIPSA
de los años 2009 y 2010.

El alcalde de Vélez-Málaga, Francisco Delgado Bonilla, y
el concejal delegado de EMVIPSA, Antonio Martín, han ofrecido hoy los detalles
de la auditoría que el Gobierno veleño encargó sobre la gestión que
realizó el tripartito en la extinta EMSSA y EMVIPSA durante los años 2009
y 2010, donde se ha demostrado por activa y por pasiva que ambas sociedades
asumían compromisos y gastos no incluidos en su objeto social, que
se entregaron más de 100 pagarés por valor de unos 2 millones de
euros, a pesar de que se sabía que no iban a ser atendidos, al tiempo
que se firmaron convenios con asociaciones por importe de 30.000 euros,
sin convocatoria alguna y sin ser ésta una de las finalidades de estas
entidades, y se aprobaron convenios colectivos con importantes subidas
salariales y de reducción de la jornada y el horario laboral.
En este sentido, Delgado Bonilla ha señalado que los informes definitivos
han revelado una serie de presuntas irregularidades en la gestión del anterior
Gobierno en estas entidades, ya que se ha detectado la ausencia
de procedimientos de contratación, de presupuestos o previsiones
anuales de ingresos y gastos y su posterior seguimiento, así como de
los programas anuales de actuaciones, inversiones y su financiación
(PAIF).
Asimismo, ha continuado el máximo mandatario veleño, también se ha
constatado la falta de procedimientos de selección de personal basado
en los principios de igualdad, mérito y capacidad, la ausencia de depósito
y registro de las cuentas anuales de los ejercicios 2008, 2009,
2010 de EMVIPSA y de 2009 y 2010 de EMMSA, la existencia de graves
errores en la contabilización de los gastos y el cierre del Registro
Mercantil desde 2009 por la falta de inscripción de nombramientos y ceses de administradores y de modificaciones del objeto social.
Contrataciones
Concretamente, el alcalde ha asegurado que la auditoría, uno de los compromisos
electorales del PP, ha puesto al descubierto que el tripartito realizaba
contrataciones de obras, servicios y suministros, así como de
personal, “sin respetar la legalidad aplicable”, y no cumplía con sus
obligaciones fiscales tanto con la Agencia Tributaria por el IVA y por las
retenciones del IRPF, como con la Tesorería de la Seguridad Social por las
cotizaciones con la empresa como por la de los trabajadores. “Asimismo no
se han atendido las obligaciones tributarias con el propio Ayuntamiento, ni
se han remitido al Tribunal de Cuentas ni a la Cámara de Cuentas los resultados
anuales de ambas sociedades, ya que no se habían confeccionado
ni formulado, ni los contratos formalizados en cada ejercicio”, ha puntualizado
el primer edil veleño, que ha añadido que durante los años auditados,
tanto EMVIPSA como EMSSA asumían compromisos y gastos no incluidos
en su objeto social, a la vez que se han detectado desviaciones
económicas como consecuencia de la ausencia de presupuestos y PAIF,
“hasta tal punto de que las pérdidas de ambas empresas exceden de
la mitad de su capital social por lo que, según le legislación vigente,
se debía haber procedido obligatoriamente a su disolución”.
Advertencias de presuntas irregularidades más significativas
El alcalde ha enumerado algunas de las advertencias de irregularidad más
significativas detalladas por los auditores:
- Piscina Cubierta de Torre del Mar. EMVIPSA contrató, mediante procedimiento
negociado sin publicidad, la dirección y ejecución de obras a un
arquitecto técnico externo. Más tarde se encargó a otro arquitecto la dirección
conjunta de los mismos trabajos, pero no se dividió la cuantía económica
a percibir por el técnico externo. Este hecho tuvo que ser corregido
por resolución del actual concejal.
- Promoción de 80 viviendas en la calle Laureano Casquero. El arquitecto
redactor del proyecto de ejecución y el estudio de detalle de esta
promoción reclama a EMVIPSA el importe de las facturas presentadas por
la redacción de los proyectos básicos, de ejecución y de dirección de las
obras de adaptación de sus locales para centro de día y centro de atención
temprana, sin que exista contrato formalizado, ni se haya entregado
documento técnico al efecto, ni por supuesto se haya realizado la dirección
de las obras, aportando, no obstante, endoso de las facturas a la caja de
arquitecto de Málaga con la aceptación del anterior consejero delegado,
Salvador Marín. Además, el supuesto encargo devenía imposible, pues de
los locales comerciales de la citada promoción, cien metros cuadrados se
encontraban vendidos mediante permuta, por lo que no se podía actuar
sobre ellos. - Contratación de curso de cámaras para el proyecto Urban. Esta actuación
se inicia mediante encomienda municipal de EMVIPSA por un importe
de 7.000 euros. Este hecho se pone de manifiesto en la propuesta y
posterior decreto de encomienda, en el informe-propuesta de adjudicación,
en la resolución de adjudicación y en el contrato. Sin embargo, el adjudicatario
presenta facturas mensuales (enero, febrero, marzo, abril y 2 de mayo
de 2011) por importe aproximado de 7.000 euros que, evidentemente, no
recibieron el visto bueno de los responsables políticos ni técnicos del Plan
Urban, aunque sí fueron aceptadas por el anterior director gerente, entregándole
pagarés, incluso estando advertidos de que las facturas no se
ajustaban ni podían ser imputadas al Plan Urban.
- Contratación de personal. Las contrataciones de personal se realizaron
prescindiendo totalmente de los principios que inspiran el acceso a la
función pública, el de igualdad, mérito y capacidad, así como de procedimientos
que garantizaran la publicidad y libre concurrencia de todos los
ciudadanos interesados. A pesar del anuncio público de apertura de una
bolsa de trabajo, las solicitudes recibidas ni fueron objeto de baremación,
ni se ordenaron alfabéticamente, ni incluso fueron archivadas por fecha de
entradas, por lo que las contrataciones se hacían de forma discriminada,
llamando a aquellos demandantes de empleo que la dirección consideraba
conveniente, dándose el caso que entre todos los contratados se
encuentran personas en relación familiar, afectiva o de amistad con
otras muy ligadas a los partidos que conformaban el anterior Gobierno
tripartito.
- Renta básica. Este programa ha sido sufragado con fondos públicos procedentes
de las obras encomendadas por el Ayuntamiento a EMVIPSA
y financiado con cargo a aportaciones del propio Consistorio y de otras
administraciones públicas. El establecimiento de criterios de selección de
contratistas que no presentan relación con la ejecución de las obras a contratar
se opone a lo establecido en el artículo 134 de la LCSP, pero siendo
esto grave, aún más parece el hecho de utilizar fondos públicos para
una finalidad distinta de aquella para la cual fueron concebidos.
- Contratación con la Asociación de Vecinos ‘Unidad’ de Málaga. EMVIPSA
formalizó un convenio con este colectivo, sin que se convocara a
otras asociaciones al efecto, cuyo objeto era el fomento del alquiler de
viviendas, acordando una aportación de 30.000 euros. Como aprecian
los auditores, esta finalidad no está dentro del objeto social de EMVIPSA.
- Convenio colectivo. El anterior Gobierno aprobó en 2010 dos convenios
colectivos, el de EMVIPSA y el de EMSSA, siendo el segundo especialmente
lesivo para los intereses de la empresa municipal, y, por ende, para
los intereses públicos. El de EMSSA aprobó subidas salariales de entre
el 26,91 y el 30,58% en las categorías profesionales donde se integra el mayor número de personas, además de una reducción horaria paulatina
de 40 a 35 horas semanales, estableciendo, asimismo, reducciones de
jornadas laborales en Semana Santa y Navidad, y horarias en los meses
de julio, agosto y septiembre, creando un desfase respecto de los servicios
que se prestan al Ayuntamiento.
- Despido del director gerente, Sr Portillo e indemnización. Con fecha
10 de noviembre de 2008, se firmó contrato de alta dirección entre EMVIPSA
y el Sr. Portillo, en virtud del cuál éste asumía la Gerencia de aquella.
El día 10 de junio de 2011 (el día antes de la toma de posesión de la nueva
Corporación) fue destituido como gerente de EMVIPSA y de EMSSA,
dando con ello lugar a una indemnización por incumplimiento del requisito
de preaviso, percibiendo un finiquito de casi 30.000 euros. La falta de
preaviso, con dos meses de antelación, supuso para la empresa graves
perjuicios económicos.
- Entrega de pagarés sin disponer de previsiones reales de ingresos.
Hasta junio de 2012 se entregaron un total de 100 pagarés por valor
de 2 millones de euros, a sabiendas que en ningún caso estos pagarés
entregados podían ser atendidos en el momento de su vencimiento.
Por último, el alcalde de Vélez-Málaga ha anunciado que estas conclusiones
que ha arrojado la auditoría, que no ha podido estar concluida antes al
no tener la empresa EMSSA contabilidad, se pondrá en manos de un abogado
penalista para que analice si esta gestión es presuntamente constitutiva
de delito y posteriormente sean los Tribunales los que depuren las
oportunas responsabilidades. “Queda claro, al menos desde el punto de
vista político y de gestión municipal, la negligencia y la irresponsabilidad de
los anteriores gestores, especialmente la del señor Marín con el beneplácito
de Salomé Arroyo, lo que ha ocasionado un gran perjuicio a los intereses
generales de Vélez-Málaga”, ha subrayado.

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