lun, 10/mar/14

La ordenanza reguladora contra los malos olores entra en vigor en el municipio veleño

Martín ha señalado que se crea una zona de especial protección de 2.000
metros de anchura alrededor del casco urbano, una zona en el que el vertido de residuos queda regulado por el Consistorio.

El concejal de Medio Ambiente, Antonio Martín, ha informado que ayer entró en vigor en la localidad la nueva Ordenanza Reguladora de Transporte, Utilización y Aplicación sobre el terreno de estiércoles, purines y otros residuos procedentes de fuente de origen agrícola y ganadero, una normativa que pasó así su último trámite y quedó publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOP), tras ser aprobada definitivamente en el Pleno ordinario del pasado mes de noviembre.

Martín ha señalado que esta ordenanza contra los malos olores recoge una serie de medidas para prevenir y corregir la contaminación en el municipio de la capital de la Costa del Sol Oriental, eliminando la negativa repercusión que en la calidad de vida de los vecinos producen “las molestias, incomodidades e insalubridades” generadas por la aplicación sobre el terreno de estiércoles, purines y otros productos ganaderos y agrícolas, “especialmente en periodo estival, en el que son muchas las personas que nos visitan y que representan una fuente de ingresos para la economía de la ciudad”.

Regulación y aplicación

El concejal de Medio Ambiente ha destacado que no se trata de una normativa prohibitiva, sino que viene a regular algunas situaciones que se vivieron en la localidad durante los meses de verano del pasado año y que provocaron las quejas de decenas de vecinos.

Martín ha señalado que en esta ordenanza se recoge la prohibición de aplicación sobre el terreno de purines, estiércoles y residuos durante los meses de julio y agosto, salvo autorización expresa del Consistorio, y se ha creado una zona especial de protección de 2.000 metros de anchura alrededor de los límites externos del casco urbano. “En esos 500 primeros metros queda prohibido echar abono orgánicomineral, mientras que entre los 501 y los 2.000 metros, el acopio, aplicación sobre el terreno o valorización como abono orgánico-minera de purines, estiércoles y residuos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero quedará sujeta a la autorización previa del Ayuntamiento, que se otorgará siempre que se hagan buenas prácticas agrícolas”, ha dicho.

Martín ha señalado que la aplicación sobre el terreno de purines y otros productos de origen agrícola y ganadero tampoco se podrá acumular o acopiar sobre el terreno a tratar por más de 5 días y se procederá a su enterrado inmediatamente después de su aplicación. “La cantidad máxima aplicada al terreno por hectárea será la que contenga 210 kg/año de nitrógeno. Además, no se permite esparcir los productos con máquinas pulverizadoras, cañones o cualquier otro mecanismo que sirva para proyectar estas materias en la zona de especial protección.

Por último, el concejal ha indicado que los agricultores que pretendan efectuar un acopio o aplicación sobre el terreno de residuos procedentes de fuentes de origen agrícola o ganadera deberán comunicarlo previamente al Ayuntamiento, con una antelación mínima de 5 días hábiles, notificándolo mediante la cumplimentación del modelo que proporcionará el propio Consistorio. “En esta ordenanza se recogen sanciones que van desde los 750 euros, por infracciones leves, hasta los 3.000 euros, por infracciones muy graves”.

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